Con la nueva normativa, a través de un ágil sistema de bonificaciones, las empresas dispondrán de un crédito para la formación que podrán hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, una vez realizada la formación, realmente ajustada a sus necesidades.
Ahora la empresa decide QUÉ, CÓMO, CUÁNDO Y CON QUIÉN desea desarrollar la formación de los trabajadores.
Implicaciones económicas
La cantidad de la que dispone cada empresa para financiar sus acciones de formación continua, a través de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, cada año, se denomina, “Crédito para formación continua”. Este crédito se calculará aplicando a la “cuota de formación profesional” (el 0.7% de la Base Reguladora de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que figura en el boletín de liquidación de la Seguridad Social, TC1 o TC2, del año natural anterior) el porcentaje de bonificación que se establece cada año en la Ley Anual de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de la Empresa:

¿Qué Ofrece Audio Jeam?
- Comprobación del crédito disponible.
- Identificación de necesidades formativas.
- Diseño del programa formativo.
- Impartición del curso (en la empresa o en nuestras instalaciones).
- Evaluación de la calidad en la docencia.
- Elaboración y entrega de diplomas y certificados para acreditar, asistencia y aprovechamiento.
- Facturación de la acción formativa.
- Asesoramiento para que una vez atendida la factura, la empresa pueda bonificarse el coste de la misma en el boletín correspondiente de la cotización de la Seguridad Social.